Casación No. 215-2014

Sentencia del 18/08/2015

"... Con base en lo anterior, esta Cámara concluye que del análisis efectuado a los documentos denunciados y confrontarlo con el planteamiento del submotivo denunciado, se establece que el mismo adolece de deficiencias, que obstaculizan el conocimiento del fondo de la impugnación planteada, debido a que la recurrente pretende que se le atribuya un valor probatorio distinto al que legalmente le corresponde a los documentos que se denuncian, pues de su descripción se advierte que por su naturaleza no se pueden clasificar dentro de los documentos a que hace referencia en el primer párrafo del artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil..."